viernes, 13 de mayo de 2011

FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO

ARTICULO 144.
1.     Tomar las decisiones que influyan en el buen funcionamiento de la institución y que no sea competente de otra autoridad.

2.     Servir de instancia para resolver conflictos que se presenten en la comunidad educativa

3.     Adoptar el reglamento del Centro Educativo, de conformidad con las normas vigentes.

4.     Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles.

5.     Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa, cuando algunos de sus miembros se sientan lesionados.

6.     Aprobar el plan anual de actualización del personal del Centro Educativo presentado por el director.

7.     Participar en la planeación y evaluación de proyectos educativos institucional del currículo y el plan de estudio, y someterlos a consideración a la secretaria de educación respectiva o al organismo que haga sus veces para que verifiquen el cumplimiento de sus requisitos.

8.     Estimular y controlar el buen funcionamiento del Centro Educativo.

9.     Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social de los estudiantes.

10.                                                                            Participar en la evaluación anual de los docentes, directivos docentes y personal administrativo del Centro Educativo.

11.                                                                            Recomendar criterios de participación del Centro Educativo de las actividades educativas, culturales y recreativas.

12.                                                                            Establecer el procedimiento para el uso de las instalaciones en actividades educativas, culturales, recreativas, deportivas y sociales de la respectiva comunidad educativa.

13.                                                                            Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otros centros educativos.

14.                                                                            Aprobar el presupuesto de ingreso de los recursos propios y la forma de recolectarlos.

15.                                                                            Crear y adoptar su propio reglamento.

ORGANIZACIÓN DEL GOBIERNO ESCOLAR

Cada Centro Educativo tendrá conformado un gobierno escolar integrado por el director, el consejo directivo, y el consejo académico según ley 115 en su artículo 142, 22, decreto 1860 de 1994, el gobierno escolar se ha consideradas las iniciativas de los estudiantes, de los docentes, administradores, y de los padres de familias en aspectos tales como la adopción y verificación del reglamento escolar, la organización juvenil y demás acciones que redunden en la práctica de la participación democrática en la vida escolar.
El consejo directivo del Centro Educativo Indígena de CHupundun está integrado de la siguiente manera:

JULIO NEL MONTERROZA GUEVARA………..Director
PEDRO ORTEGA SUAREZ………………………….Representante de los docentes
URIEL CASTILLO……………………………………..Representa a los capitanes
SELSO RODRIGUEZ…………………………………..Representa la organización ind
MARTHA ESTRADA………………………………….Representa la artesanía
FLORIVAL CONTRERAS Y DUMAEL AVILA..Representan padres de familias
EDINSON PEREZ……………………………………….Representa a los jóvenes
ROSIRIS ESTRADA…………………………………….Representa a los ex alumnos
ANAIDETH NOBLES……………………………………Representa a la salud
HAIZZAR NOBLES……………………………………Representa al consejo de cabildo
NAFER CONTRERAS……………………………………Representa a los agricultores
GLORIA CLEMENTE……………………………………Representa al deporte
DEIDIS CIPRIAN………………………………………..Representa a familias en acción.
YANILETH GUEVARA………………………………….Personera estudiantil.

OBLIGACION DEL GOBIERNO ESCOLAR

Todos los centros educativos, deberán  organizar un Gobierno Escolar para la participación democrática de todos los estamentos de la comunidad educativa, según lo disponen el artículo 142 de la ley 115 de 1994.
El Gobierno Escolar en las Instituciones estatales se regirá con las normas establecidas en la ley y el presente decreto.
Las Instituciones educativas privadas, comunitarias, cooperativas, solidarias o sin ánimo de lucro establecerán en su reglamento para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 68 de la constitución política y en armonía con lo dispuesto para ella en los incisos 2 y 3 del artículo 142 de la ley 115 de 1994, un gobierno escolar integrado al menos por los órganos definidos en el presente decreto y con funciones que podrán ser las aquí  previstas sin perjuicios de incluir a otros, consideren necesarios de acuerdo con su proyecto educativo institucional.
También estas Instituciones deberán acogerse a las fechas que para el efecto de la organización del Gobierno Escolar, se establezca en este capítulo. En caso contrario, la licencia de funcionamiento quedara suspendida.

FINES DEL SISTEMA EDUCATIVO COLOMBIANO


De conformidad con el artículo 67 de la constitución política, la educación se desarrolla atendiendo a los siguientes fines:

1.     El pleno desarrollo de la personalidad sin más limitación que las que le imponen los derechos de los demás y el orden jurídico de un proceso de formación integral, física, psíquica, intelectual, moral, espiritual, social, afectiva, ética, cívica, y demás valores humanos.

2.     La formación en el respeto a la vida y a los demás derechos humanos, a la paz, a los principios democráticos, de convivencia, pluralismo, justicia, solidaridad, y equidad, a si como el ejercicio de la tolerancia y de la libertad.


3.     La formación para facilitar la participación de todos que les afecta
En la vida económica, política, administrativa cultural de la nación.

4.     La formación en el respeto a la autoridad legítima y a la ley, la cultura nacional, la historia colombiana y a los símbolos patrios.

5.     La adquisición y generación de los conocimientos científicos y técnicos más avanzados, humanísticos, históricos, sociales, intelectuales adecuados para el desarrollo del saber.

6.     El estudio y comprensión critica de la cultura nacional y de la diversidad étnica y cultural del país, como fundamento de la unidad nacional y de su identidad.

7.     El acceso al conocimiento, la ciencia, la tecnología, y demás bienes y valores de la cultura, el fomento de la investigación y el estimulo a la creación artística en sus diferentes manifestaciones.

8.     La creación y el fomento de una conciencia de la soberanía nacional, para la práctica de la solidaridad y la integración con el mundo, en especial con Latinoamérica  y el Caribe.

9.     El desarrollo de la capacidad crítica, reflexiva y analítica que fortalezca el avance científico y tecnológico nacional, orientado con prioridad al mejoramiento cultural y de la calidad de la vida de la población, la participación en la búsqueda de alternativas de solución de problemas y al progreso social y el conocimiento del país.

10.                       La adquisición de una conciencia para la conservación, protección y mejoramiento del medio ambiente, de la calidad de vida, del uso racional de los recursos naturales, de la prevención de desastres dentro de una cultura ecológica y de  riesgo y la defensa del patrimonio cultural de la nación.

11.                       La formación de la práctica del trabajo, mediante los conocimientos técnicos y habilidades, a si como la valoración del mismo, como fundamento del desarrollo individual y social. 

12.                        La formación para la promoción, precaución de la salud y la higiene, la prevención integral de problemas socialmente relevantes, la educación física, la recreación y el deporte y la utilización adecuada del tiempo libre.

 La promoción en las personas y en la sociedad de la capacidad para crear, investigar y adaptar la  tecnología que se requiere en los procesos del desarrollo del país, y le permite al educando ingresar al sector productivo.

FINES DEL CEINCHU

1.     Contribuir en el desarrollo del individuo y de la sociedad sobre la base del respeto por la vida y por el derecho humano.
2.     Estimular la formulación de actividades y hábitos que favorezcan la conservación de la salud física y mental de la persona.
3.     Promover el desarrollo y formación profesional de acuerdo a las actitudes y aspiraciones de las personas.
4.      Promover la participación consciente y responsable de la persona como miembro y grupo social.
5.     Fomentar en el individuo el espíritu de defensa conservación y recuperación racional de los recursos Naturales de los bienes y servicios de la sociedad.
6.     Desarrollar en el individuo la capacidad crítica y analítica del espíritu científico mediante el proceso de adquisición de método de cada una de las áreas del conocimiento para que participe en la búsqueda de alternativas de solución a los problemas.
7.     Fomentar el desarrollo de actitudes y hábitos permanentes de superación que mantienen al individuo de continuar con la educación, a través de su vida.
8.     Estimular el desarrollo de la mente, capacidad de apreciación estética y propiciar un ambiente de respeto con las diferentes creencias religiosas.
9.     Formar un individuo moral cívicamente responsable.

miércoles, 11 de mayo de 2011

PRINCIPIOS ETICOS Y MORALES EN EL CENTRO EDUCATIVO

·        Respetar las opiniones ajenas y la personalidad de todos sus miembros.
·        Dar mayor importancia al bien colectivo por encima de cualquier interés personal.
·        Propiciar la convivencia fundamentada en la justicia, la equidad y la tolerancia.
·        Actuar con honestidad, rectitud y comportamiento ejemplar.
·        Respetar la libertad de credo religioso.
·        Aceptar las diferencias en el desarrollo general de los educandos.

VALORES Y PRINCIPIOS

·        El pleno desarrollo de la personalidad.
·        La formación por el respeto a la vida.
·        La formación por el respeto a la autoridad legítima.
·        La adquisición y generación de los conocimientos.
·        El acceso al conocimiento.
·        La formación y fomento de una conciencia soberana Nacional.
·        El desarrollo de la capacidad crítica, reflexiva y analítica.
·        La adquisición de una conciencia para la conservación y protección del medio ambiente.
·        La formación para la promoción y preservación de la salud y la higiene.
·        La formación del individuo en la sociedad.